Las nuevas medidas también benefician a los no federados
Una nueva modificación elimina restricciones para la práctica de deporte en Fase 2
Así se plasma en el BOE de hoy:
Se añade una disposición adicional quinta, que queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición adicional quinta. Medidas de flexibilización para los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional.
No serán de aplicación a los desplazamientos de la población infantil y a la práctica de la actividad física no profesional las franjas y limitaciones respectivamente previstas en el segundo párrafo del artículo 2.1 de la Orden SND/ 370/2020, de 25 de abril, y en el artículo 2.4 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, debiendo sujetarse la práctica de las dichas actividades a lo establecido en el artículo 7 de la presente orden.
No regirá limitación alguna respecto del número de veces al día en que se podrán realizar las actividades previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril y la Orden SND/380/2020, de 30 de abril.»
Resumen de la nueva situación en fase 2
- Se elimina el límite del municipio como zona para entrenarse para los no federados. El límite pasa a ser la provincia o región sanitaria (según la comunidad)
- Se eliminan las franjas horarias para hacer deporte. Solo se deben respetar las franjas para mayores (de 10 a 12 de la mañana y de 19 a 20 de la noche) durante las que no se podrá entrenar.
- No habrá límite de veces para entrenar cada día