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Fuera franjas horarias y límite de municipio para el deporte en la Fase 2

El BOE publica novedades sobre las limitaciones en la práctica de deporte al aire libre. Se eliminan restricciones horarias y el límite del municipio para los no federados, siempre en fase 2

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Las nuevas medidas también benefician a los no federados

La denominada «desescalada» del confinamiento va avanzando y poco a poco va sumando nuevas libertades a su normativa. Más allá del salto de fase de cada territorio se producen otro pequeño avances dentro de la propia fase. La última edición del BOE introduce novedades que atañen de forma muy directa a la práctica del deporte al aire libre. En concreto al uso de franjas horarias específicas para el deporte y a la limitación a no salirse del municipio que aún se mantiene para los deportistas no federados. Estas son las novedades.

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Una nueva modificación elimina restricciones para la práctica de deporte en Fase 2

Hoy ha visto la luz una nueva entrega del BOE, ese documento que ha pasado a tener un protagonismo vital en nuestro día a día. En él se especifican nuevas reglas para la práctica del deporte al aire libre. En concreto se habla del fin de las franjas horarias para la práctica de deporte y de acabar con la limitación del municipio como zona para ejercitarse para los deportistas no federados. Todo ello aplicado a los territorios que están en fase 2.

Así se plasma en el BOE de hoy:

Se añade una disposición adicional quinta, que queda redactada en los siguientes términos:

«Disposición adicional quinta. Medidas de flexibilización para los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional.

No serán de aplicación a los desplazamientos de la población infantil y a la práctica de la actividad física no profesional las franjas y limitaciones respectivamente previstas en el segundo párrafo del artículo 2.1 de la Orden SND/ 370/2020, de 25 de abril, y en el artículo 2.4 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, debiendo sujetarse la práctica de las dichas actividades a lo establecido en el artículo 7 de la presente orden.

No regirá limitación alguna respecto del número de veces al día en que se podrán realizar las actividades previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril y la Orden SND/380/2020, de 30 de abril.»

Resumen de la nueva situación en fase 2

  • Se elimina el límite del municipio como zona para entrenarse para los no federados. El límite pasa a ser la provincia o región sanitaria (según la comunidad)
  • Se eliminan las franjas horarias para hacer deporte. Solo se deben respetar las franjas para mayores (de 10 a 12 de la mañana y de 19 a 20 de la noche) durante las que no se podrá entrenar.
  • No habrá límite de veces para entrenar cada día

 

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