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A partir del lunes se podrá entrenar dentro de la propia provincia

Por fin se ha atendido una de las demandas más solicitadas por el colectivo ciclista. Poder hacer deporte dentro de los límites de la propia provincia y no del municipio. Será a partir de este lunes 18 de mayo y solo para deportistas federados

La eliminación del límite del municipio es solo para deportistas federados

Se acaba de publicar una nueva edición del BOE que trae novedades importantes relacionadas con la práctica del deporte al aire libre. Algunas de ellas ya habían sido adelantadas durante los días previos pero otras han sido sorprendentes. En el documento se relatan las condiciones de la Fase 2 a la que accederán algunos territorios desde este mismo lunes pero, sobre todo, se modifican las condiciones para practicar deporte en todos los territorios. Es decir, desde la fase 0. Gracias a ello se elimina el límite del municipio para practicar deporte y se amplia a la propia provincia. Una medida muy reclamada por los practicantes del ciclismo y completamente lógica para evitar aglomeraciones en puntos con mucha densidad de población.

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Se permite hacer deporte dentro de los límites de la propia provincia para todos los federados pero respetando las franjas horarias

La RFEC ha comunicado todas las novedades recogidas en el último BOE publicado y que atañen a la práctica de deporte al aire libre. Este es su resumen:

Modificación de la Orden SND/388/2020 que regula el deporte federado desde la Fase 0:

– Se incluye en el grupo de deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel a los de alto rendimiento de las comunidades autónomas.

– Para el resto de federados que no son del grupo anterior se permite realizar los entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las franjas horarias siguen siendo las mismas (entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas), pudiendo entrenarse dos veces al día. Para los deportistas NO federados se mantiene el límite del propio municipio para poder practicar deporte.

– Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán ahora modificar los horarios del deporte federado y no federado, pudiendo acordar que las franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas.

Esta modificación entra en vigor a partir del próximo lunes 18 de mayo, para todos los territorios desde la Fase 0.

Nueva regulación para los territorios de la Fase 2:

– Esta Orden regula para la fase 2 que las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional al aire libre en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida para los mayores, siendo el límite municipal para no federados y provincial para federados.

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